Si su comunidad ha recibido un aviso municipal o el edificio se acerca al año de obligación, la ITE permite conocer su estado de conservación y presentar el acta correspondiente. La visita sirve para localizar deficiencias visibles, valorar su importancia y explicar qué debe hacerse si el resultado es desfavorable.
Comprobar la obligación
Revisamos la fecha, los antecedentes del edificio y la documentación energética disponible.
Revisar el edificio
Inspeccionamos los elementos accesibles y explicamos las deficiencias que puedan afectar al resultado.
Tramitar y cerrar
Preparamos el acta y, si hay deficiencias, indicamos cómo acreditar su subsanación.
Qué edificios tienen que pasar la ITE
En Madrid capital están obligados los edificios y construcciones de cualquier uso que alcancen la antigüedad prevista por la ordenanza. La obligación corresponde a la propiedad —persona propietaria, comunidad o agrupación de comunidades— y el Ayuntamiento mantiene un padrón y una consulta por dirección.
Fuera del municipio de Madrid hay que revisar la ordenanza local, el padrón y el calendario. La antigüedad, periodicidad, contenido y forma de presentación no son necesariamente iguales en toda la Comunidad.
Qué revisa el arquitecto durante la ITE
Estabilidad y envolvente
- estructura y cimentación accesibles;
- fachadas, medianeras, cornisas, vuelos y elementos con riesgo de desprendimiento;
- cubiertas, azoteas, petos, encuentros y evacuación de agua.
Redes y accesibilidad
- redes generales de fontanería y saneamiento;
- elementos de accesibilidad existentes;
- otras zonas o elementos cuando existan indicios que afecten al deber de conservación.
La inspección es principalmente visual. Si un daño no puede diagnosticarse con las zonas accesibles, el acta debe reflejarlo y proponer la comprobación complementaria necesaria.
La ITE y el certificado de eficiencia energética
El Real Decreto 390/2021 incluye en el ámbito de la certificación energética los edificios que deban realizar obligatoriamente la ITE o una inspección equivalente. El procedimiento de Madrid incorpora además una declaración responsable en materia de certificación energética.
El certificado de eficiencia energética no decide si la ITE es favorable o desfavorable: es una obligación relacionada, con contenido, registro y vigencia propios. Conviene comprobarlo antes de iniciar la presentación para evitar documentación incompleta.
ITE favorable, desfavorable y obras de subsanación
| Resultado | Significado | Siguiente actuación |
|---|---|---|
| Favorable | No se aprecian deficiencias que determinen resultado desfavorable dentro del alcance de la inspección. | Presentación y conservación de la documentación hasta la siguiente obligación. |
| Desfavorable | Se identifican deficiencias que afectan a los elementos evaluados. | Medidas de seguridad si proceden, obras, licencias o títulos necesarios y acreditación de la subsanación. |
Una ITE desfavorable no se corrige presentando otra acta sin resolver las deficiencias. La actuación debe responder a la gravedad y extensión real del problema y al procedimiento municipal.
Proceso de inspección y presentación
- Consulta previa. Comprobamos año de obligación, antecedentes y datos del edificio.
- Documentación. Revisamos ITE anteriores, proyectos, reparaciones, informes y certificado energético.
- Visita. Inspeccionamos zonas comunes y una muestra suficiente de espacios cuando sea necesario.
- Diagnóstico. Clasificamos deficiencias, urgencia, medidas y necesidad de pruebas adicionales.
- Acta. Cumplimentamos y firmamos la documentación municipal.
- Presentación y seguimiento. Tramitamos el expediente según el alcance contratado y atendemos requerimientos técnicos.
Qué no garantiza una ITE favorable
La ITE refleja el estado observable en la fecha de inspección. No equivale a una auditoría estructural completa, una prueba de estanqueidad o una revisión exhaustiva de todas las instalaciones. Tampoco exime a la propiedad de conservar el edificio ni de actuar si posteriormente aparece un daño.
Documentación útil
- dirección y referencia catastral;
- actas de ITE o IEE anteriores y comunicaciones municipales;
- proyectos, planos y libro del edificio;
- certificado y etiqueta energética registrados;
- informes y facturas de obras de conservación;
- datos de contacto para acceder a cubiertas, cuartos técnicos y unidades necesarias.
Precio de la ITE: calcule los honorarios
El coste depende del uso, superficie, altura, número de viviendas y locales, accesibilidad, complejidad, documentación y necesidad de visitas o comprobaciones adicionales.
Dudas que suelen surgir antes de contratar
¿Cuándo tiene que pasar la ITE un edificio en Madrid capital?
La primera acta se presenta en el año natural siguiente a aquel en que el edificio cumple 30 años; las siguientes, cada diez años desde el año de la obligación.
¿La regla de 30 años se aplica a toda la Comunidad de Madrid?
No necesariamente. La ITE se regula municipalmente y hay que comprobar la ordenanza y el calendario del municipio concreto.
¿La ITE exige certificado energético?
Los edificios obligados a ITE están incluidos en el ámbito del Real Decreto 390/2021 y el acta de Madrid incorpora una declaración responsable energética. Debe comprobarse la existencia y vigencia del CEE.
¿Qué ocurre si resulta desfavorable?
Deben atenderse las medidas, obras y plazos correspondientes y acreditar la subsanación. Las medidas urgentes no deben demorarse por la tramitación ordinaria.
¿Una ITE favorable garantiza que no hay daños ocultos?
No. Se basa en elementos visibles y accesibles. Las limitaciones e indicios que requieran ensayos o catas deben quedar documentados.
¿Quién paga la ITE?
La obligación corresponde a la propiedad. En comunidades, los honorarios y actuaciones se gestionan como gasto común conforme a los acuerdos y normas aplicables.
Normativa y fuentes oficiales
- Ayuntamiento de Madrid: procedimiento de la ITE
- Ayuntamiento de Madrid: plazos de la ITE
- Real Decreto 390/2021: ámbito de la certificación energética
Contenido revisado el 21 de julio de 2026. La aplicación concreta debe verificarse para el municipio, el inmueble, el momento y la actuación de que se trate.
Compruebe la situación de su edificio antes de la inspección
Envíenos la dirección, el año de construcción y las actas o avisos anteriores. Confirmaremos la obligación y qué necesitamos para preparar la visita.
Para poder revisar el asunto con atención, es preferible que nos envíe una primera explicación por escrito. Puede facilitarnos un teléfono y le llamaremos si necesitamos comentar algún aspecto después de leerla.


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