Inspección Técnica de Edificios (ITE) en Madrid

Arquitectos especialistas en inspección técnica de edificios en Madrid - ITE Madrid


Revisión del edificio, acta y tramitación municipal para comunidades y propietarios

ITE para edificios y comunidades


Si su comunidad ha recibido un aviso municipal o el edificio se acerca al año de obligación, la ITE permite conocer su estado de conservación y presentar el acta correspondiente. La visita sirve para localizar deficiencias visibles, valorar su importancia y explicar qué debe hacerse si el resultado es desfavorable.

Comprobar la obligación

Revisamos la fecha, los antecedentes del edificio y la documentación energética disponible.

Revisar el edificio

Inspeccionamos los elementos accesibles y explicamos las deficiencias que puedan afectar al resultado.

Tramitar y cerrar

Preparamos el acta y, si hay deficiencias, indicamos cómo acreditar su subsanación.

Qué edificios tienen que pasar la ITE

En Madrid capital están obligados los edificios y construcciones de cualquier uso que alcancen la antigüedad prevista por la ordenanza. La obligación corresponde a la propiedad —persona propietaria, comunidad o agrupación de comunidades— y el Ayuntamiento mantiene un padrón y una consulta por dirección.

Fuera del municipio de Madrid hay que revisar la ordenanza local, el padrón y el calendario. La antigüedad, periodicidad, contenido y forma de presentación no son necesariamente iguales en toda la Comunidad.

Qué revisa el arquitecto durante la ITE

Estabilidad y envolvente

  • estructura y cimentación accesibles;
  • fachadas, medianeras, cornisas, vuelos y elementos con riesgo de desprendimiento;
  • cubiertas, azoteas, petos, encuentros y evacuación de agua.

Redes y accesibilidad

  • redes generales de fontanería y saneamiento;
  • elementos de accesibilidad existentes;
  • otras zonas o elementos cuando existan indicios que afecten al deber de conservación.

La inspección es principalmente visual. Si un daño no puede diagnosticarse con las zonas accesibles, el acta debe reflejarlo y proponer la comprobación complementaria necesaria.

La ITE y el certificado de eficiencia energética

El Real Decreto 390/2021 incluye en el ámbito de la certificación energética los edificios que deban realizar obligatoriamente la ITE o una inspección equivalente. El procedimiento de Madrid incorpora además una declaración responsable en materia de certificación energética.

El certificado de eficiencia energética no decide si la ITE es favorable o desfavorable: es una obligación relacionada, con contenido, registro y vigencia propios. Conviene comprobarlo antes de iniciar la presentación para evitar documentación incompleta.

ITE favorable, desfavorable y obras de subsanación

Resultado Significado Siguiente actuación
Favorable No se aprecian deficiencias que determinen resultado desfavorable dentro del alcance de la inspección. Presentación y conservación de la documentación hasta la siguiente obligación.
Desfavorable Se identifican deficiencias que afectan a los elementos evaluados. Medidas de seguridad si proceden, obras, licencias o títulos necesarios y acreditación de la subsanación.

Una ITE desfavorable no se corrige presentando otra acta sin resolver las deficiencias. La actuación debe responder a la gravedad y extensión real del problema y al procedimiento municipal.

Proceso de inspección y presentación

  1. Consulta previa. Comprobamos año de obligación, antecedentes y datos del edificio.
  2. Documentación. Revisamos ITE anteriores, proyectos, reparaciones, informes y certificado energético.
  3. Visita. Inspeccionamos zonas comunes y una muestra suficiente de espacios cuando sea necesario.
  4. Diagnóstico. Clasificamos deficiencias, urgencia, medidas y necesidad de pruebas adicionales.
  5. Acta. Cumplimentamos y firmamos la documentación municipal.
  6. Presentación y seguimiento. Tramitamos el expediente según el alcance contratado y atendemos requerimientos técnicos.

Qué no garantiza una ITE favorable

La ITE refleja el estado observable en la fecha de inspección. No equivale a una auditoría estructural completa, una prueba de estanqueidad o una revisión exhaustiva de todas las instalaciones. Tampoco exime a la propiedad de conservar el edificio ni de actuar si posteriormente aparece un daño.

Documentación útil

  • dirección y referencia catastral;
  • actas de ITE o IEE anteriores y comunicaciones municipales;
  • proyectos, planos y libro del edificio;
  • certificado y etiqueta energética registrados;
  • informes y facturas de obras de conservación;
  • datos de contacto para acceder a cubiertas, cuartos técnicos y unidades necesarias.

Precio de la ITE: calcule los honorarios

El coste depende del uso, superficie, altura, número de viviendas y locales, accesibilidad, complejidad, documentación y necesidad de visitas o comprobaciones adicionales.

Dudas que suelen surgir antes de contratar

¿Cuándo tiene que pasar la ITE un edificio en Madrid capital?

La primera acta se presenta en el año natural siguiente a aquel en que el edificio cumple 30 años; las siguientes, cada diez años desde el año de la obligación.

¿La regla de 30 años se aplica a toda la Comunidad de Madrid?

No necesariamente. La ITE se regula municipalmente y hay que comprobar la ordenanza y el calendario del municipio concreto.

¿La ITE exige certificado energético?

Los edificios obligados a ITE están incluidos en el ámbito del Real Decreto 390/2021 y el acta de Madrid incorpora una declaración responsable energética. Debe comprobarse la existencia y vigencia del CEE.

¿Qué ocurre si resulta desfavorable?

Deben atenderse las medidas, obras y plazos correspondientes y acreditar la subsanación. Las medidas urgentes no deben demorarse por la tramitación ordinaria.

¿Una ITE favorable garantiza que no hay daños ocultos?

No. Se basa en elementos visibles y accesibles. Las limitaciones e indicios que requieran ensayos o catas deben quedar documentados.

¿Quién paga la ITE?

La obligación corresponde a la propiedad. En comunidades, los honorarios y actuaciones se gestionan como gasto común conforme a los acuerdos y normas aplicables.

Normativa y fuentes oficiales

Contenido revisado el 21 de julio de 2026. La aplicación concreta debe verificarse para el municipio, el inmueble, el momento y la actuación de que se trate.

Compruebe la situación de su edificio antes de la inspección

Envíenos la dirección, el año de construcción y las actas o avisos anteriores. Confirmaremos la obligación y qué necesitamos para preparar la visita.

Para poder revisar el asunto con atención, es preferible que nos envíe una primera explicación por escrito. Puede facilitarnos un teléfono y le llamaremos si necesitamos comentar algún aspecto después de leerla.

0 Comentarios

La Inspección Técnica de Edificios en el 2017 y la afectación a más de 300 edificios en Leon | Articulos y Notas de Prensa
  • Nov 25 2016
[…] Según comenta el Diario de León las acciones preventivas de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) […]