Certificado de eficiencia energética en Madrid

Arquitectos especialistas en certificados energéticos en Madrid


Visita al inmueble, cálculo, registro y etiqueta para vender, alquilar o cumplir una obligación

Certificado energético para viviendas, locales y edificios


Si va a vender o alquilar una vivienda, un local o un edificio, normalmente necesitará un certificado de eficiencia energética registrado. Nos ocupamos de la visita, el cálculo, la firma y la presentación ante la Comunidad de Madrid, y entregamos el certificado junto con su etiqueta y justificante.

Visitamos

Tomamos los datos del inmueble, los cerramientos, las ventanas y las instalaciones.

Calculamos

Modelizamos el inmueble con un procedimiento reconocido y revisamos el resultado.

Registramos

Presentamos el certificado y entregamos la etiqueta y el justificante oficial.

Cuándo es obligatorio el certificado energético

El Real Decreto 390/2021 exige la certificación, entre otros supuestos, para edificios de nueva construcción; edificios o partes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario; determinados edificios públicos; reformas o ampliaciones incluidas en su ámbito; edificios con cierta superficie y uso; y edificios que deban realizar obligatoriamente una ITE o inspección equivalente.

Existen exclusiones tasadas. No debe asumirse una exención por la antigüedad, el mal estado o el carácter temporal del contrato sin comprobar que concurren los requisitos normativos y, cuando corresponda, la declaración responsable exigida.

Qué incluye el certificado de eficiencia energética

Datos y calificación

  • identificación y referencia catastral;
  • descripción energética del inmueble;
  • indicadores de demanda, consumo y emisiones;
  • calificación global y por indicadores;
  • pruebas y comprobaciones realizadas.

Recomendaciones y entrega

  • medidas técnicamente viables de mejora;
  • información económica y energética exigida;
  • archivo firmado por técnico competente;
  • registro en la Comunidad de Madrid;
  • etiqueta y justificante de inscripción.

Qué comprueba el técnico durante la visita

Se miden o contrastan superficie y geometría, orientación, composición aparente de fachadas y cubiertas, ventanas, protecciones solares, puentes térmicos y características de calefacción, refrigeración, ventilación y producción de agua caliente. En edificios completos se revisan también los sistemas centralizados y las zonas representativas.

Planos, memoria de instalaciones, fichas de equipos o reformas acreditadas mejoran la precisión. Cuando un dato no es accesible se adopta una hipótesis técnicamente justificada y se documenta.

Qué significa la letra de la etiqueta energética

La escala A-G compara el comportamiento calculado conforme al procedimiento oficial. No representa directamente el importe de las facturas: el consumo real depende también de ocupación, horarios, temperatura de uso, mantenimiento y precio de la energía.

Las recomendaciones son informativas y deben adaptarse a viabilidad técnica, urbanística, económica y comunitaria. Una calificación baja no impide por sí sola vender o alquilar con la normativa estatal actualmente aplicable, aunque la etiqueta debe figurar en publicidad y documentación en los supuestos exigidos.

Cómo obtenemos y registramos el certificado

  1. Encargo y antecedentes. Recibimos dirección, referencia catastral, uso, superficie y documentación disponible.
  2. Visita. Tomamos medidas, fotografías y datos constructivos y de instalaciones.
  3. Modelización. Introducimos la información en un procedimiento reconocido y revisamos la coherencia del resultado.
  4. Recomendaciones. Planteamos medidas compatibles con el inmueble y su contexto.
  5. Firma y registro. Emitimos el certificado y efectuamos la inscripción autonómica según el alcance contratado.
  6. Entrega. Facilitamos certificado, etiqueta y justificante oficial.

En la Comunidad de Madrid, el certificado de un edificio existente o de una parte del mismo debe presentarse en el registro autonómico dentro del mes siguiente a su fecha de emisión.

Vigencia del certificado y cambio normativo de julio de 2026

Con carácter general, el certificado tiene una validez máxima de diez años. Si la calificación es G, el máximo es de cinco. Puede actualizarse antes cuando una reforma o un cambio de instalaciones altere de forma relevante el comportamiento energético.

El Real Decreto 659/2025 entra en vigor el 23 de julio de 2026 y establece nuevas reglas de acreditación, declaración responsable y registro para los técnicos. Los arquitectos con titulación habilitante conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación continúan comprendidos entre los profesionales competentes.

Este cambio no añade trámites al propietario: el servicio sigue comprendiendo visita, cálculo, certificado firmado, registro autonómico y entrega de la etiqueta. Antes de cada emisión comprobamos los requisitos profesionales y el procedimiento de la Comunidad de Madrid vigentes en la fecha de firma.

Errores que conviene evitar

  • anunciar la venta o alquiler sin disponer de la etiqueta cuando sea exigible;
  • confundir el certificado firmado con el justificante de registro;
  • utilizar un certificado de otra vivienda o de una configuración anterior;
  • omitir ampliaciones o reformas que cambian superficie, envolvente o instalaciones;
  • presentar una calificación obtenida sin visita ni comprobación suficiente.

Documentación útil para la visita

  • referencia catastral y dirección completa;
  • planos con superficies y distribución;
  • certificados energéticos anteriores;
  • datos de caldera, bomba de calor, equipos de refrigeración y agua caliente;
  • facturas o fichas de ventanas, aislamiento y reformas energéticas;
  • documentación de instalaciones centralizadas en comunidades.

Precio del certificado energético en Madrid

Seleccione vivienda, local, oficina o edificio e indique sus características. La calculadora ofrece una estimación inmediata y permite solicitar el presupuesto por escrito.

Dudas que suelen surgir antes de contratar

¿Certificado energético y certificado de eficiencia energética son lo mismo?

Sí. La segunda es la denominación normativa y la primera es la forma abreviada más habitual.

¿Es obligatorio visitar el inmueble?

El técnico debe recabar y comprobar los datos necesarios. Una certificación rigurosa requiere inspección del inmueble y contraste de la información disponible.

¿Hay que registrarlo?

Sí. El certificado debe presentarse ante el órgano competente de la Comunidad de Madrid para obtener la etiqueta y el justificante oficial.

¿Cuánto dura?

Como máximo diez años, salvo los certificados con calificación G, cuya validez máxima es de cinco años. Puede actualizarse antes si cambian las características energéticas.

¿Quién debe encargarlo en una venta o alquiler?

La obligación corresponde a la propiedad o promotora, que debe disponer del certificado y facilitar la información al comprador o nuevo arrendatario.

¿La letra refleja lo que pagaré de energía?

No directamente. La calificación usa condiciones normalizadas; la factura real depende además del uso, ocupación, clima, mantenimiento y tarifas.

¿Qué cambia el Real Decreto 659/2025 desde el 23 de julio de 2026?

Introduce un nuevo sistema de requisitos, declaración responsable, registro y control de técnicos competentes. No elimina la competencia de los arquitectos con titulación habilitante conforme a la LOE ni modifica la necesidad de inspeccionar, calcular, firmar y registrar el certificado.

Normativa y fuentes oficiales

Contenido revisado el 21 de julio de 2026. La aplicación concreta debe verificarse para el municipio, el inmueble, el momento y la actuación de que se trate.

Organice la visita y el registro sin trámites innecesarios

Indíquenos el tipo de inmueble, la superficie aproximada, la dirección y si lo necesita para venta, alquiler u otro trámite. Le confirmaremos el precio y la documentación necesaria por escrito.

Para poder revisar el asunto con atención, es preferible que nos envíe una primera explicación por escrito. Puede facilitarnos un teléfono y le llamaremos si necesitamos comentar algún aspecto después de leerla.

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[…] El certificado eficiencia energética puede ser expedido en una casa ya existente o una nueva, en caso de ser una casa existente será mucho más sencillo implementar una mejora. Se denomina calificación de proyecto cuando una vivienda recibe el certificado energético antes de ser construida, pero para otorgar el definitivo debe estar habitable y haber pasado una cantidad de tiempo considerable (de aproximadamente un año) para que se realice una auditoría que compruebe el consumo energético real  de la vivienda. […]