En aquellos casos en los que la inspección técnica de edificio en Usera –ITE Usera- sea desfavorable, si la Propiedad está conforme, se presentará en el Ayuntamiento de Usera, además de lo exigible para una inspección técnica de edificio favorable, una descripción y localización de las deficiencias encontradas, describiendo su origen, pruebas adicionales necesarias, medidas inmediatas de seguridad necesarias para garantizar la seguridad de las personas, así como una descripción de las obras que se consideran necesarias para subsanarlas. Además, se informará sobre el grado de ejecución y efectividad de las medidas adoptadas y de los trabajos y obras realizados para el cumplimiento de las medidas contenidas en las anteriores ITE realizadas.
Registrada toda la documentación en el Ayuntamiento de Usera, los servicios técnicos municipales visitarán el inmueble y emitirán una orden de ejecución para subsanar las deficiencias detectadas, estableciendo un plazo máximo para su ejecución. No obstante, los propietarios también podrán solicitar por cuenta propia la preceptiva licencia urbanística para subsanar las deficiencias descritas en el acta de inspección.
Terminadas las obras, se deberá aportar ante el Ayuntamiento de Usera un certificado de idoneidad emitido por técnico competente, en el que se describan las obras realizadas, así como su idoneidad para subsanar la totalidad de las deficiencias reflejadas en el acta de ITE desfavorable, manifestando expresamente que la inspección técnica de edificio resulta favorable. En aquellos casos en los que por la envergadura de las obras, estas fueran mayores y se hubiera requerido de un proyecto técnico para su realización, bastará con presentar el certificado final de obra debidamente visado ante el colegio profesional correspondiente.