• Principal
  • Trabajos
  • Servicios
    • Informes y Dictámenes Periciales
    • Inspección Técnica de Edificios
    • Informe Evaluación Edificio
    • Certificados Energéticos
    • Inscripción Obra Nueva Antigua
    • Discrepancias Catastrales
    • Proyectos
      • Proyectos de Obra Nueva
      • Proyectos de Reforma
      • Proyectos de Ampliación
      • Proyectos de Demolición
      • Expedientes de Legalización
    • Licencias de Actividad
      • Declaración Responsable
      • Licencia Previa de Actividad
  • Contacto
  • Blog
  • Telf: 91 376 61 27
  • Principal
  • Trabajos
  • Servicios
    • Informes y Dictámenes Periciales
    • Inspección Técnica de Edificios
    • Informe Evaluación Edificio
    • Certificados Energéticos
    • Inscripción Obra Nueva Antigua
    • Discrepancias Catastrales
    • Proyectos
      • Proyectos de Obra Nueva
      • Proyectos de Reforma
      • Proyectos de Ampliación
      • Proyectos de Demolición
      • Expedientes de Legalización
    • Licencias de Actividad
      • Declaración Responsable
      • Licencia Previa de Actividad
  • Contacto
  • Blog
  • Telf: 91 376 61 27

¿Cuándo es obligatorio el informe de evaluación de edificio en Meco (IEE Meco)?

  • Posted by fundamenta
  • On 07/08/2016
  • 0 Comments

A continuación se expone el calendario de realización del informe de evaluación de edificios en Meco (IEE Meco), en función de su antigüedad. Es importante destacar que tanto Ayuntamientos como Comunidades Autónomas pueden establecer plazos más restrictivos.

– Edificios residenciales o asimilables, construidos antes de 1963: El plazo máximo para la presentación del informe de evaluación de edificio en Meco es el día 28 de junio de 2018 (salvo que, antes de dicha fecha, se hubiera realizado la inspección técnica de edificio, en cuyo caso el informe de evaluación de edificio se realizaría cuando correspondiera renovar la inspección técnica de edificio).

– Edificios residenciales o asimilables, construidos a partir de 1964: El plazo máximo para la presentación del informe de evaluación de edificio en Meco es de 5 años a partir de la fecha en que cumplan 50 años (salvo que, antes de dicha fecha, se hubiera realizado la inspección técnica de edificio, en cuyo caso el informe de evaluación de edificio se realizaría cuando correspondiera renovar la inspección técnica de edificio).

– Edificios en los que se pretenda realizar obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética, acogiéndose a algún tipo de ayuda o subvención pública. En estos casos, el informe de evaluación de edificio debe realizarse antes de solicitar la ayuda.

– Edificios de cualquier uso y tipología: Según lo establezca la normativa autonómica o municipal correspondiente.

 
Entradas recientes
  • Cómo Elegir al Mejor Arquitecto Perito para su Caso: Consejos Clave
  • Normativas Legales Relacionadas con Peritaciones Judiciales
  • El Papel Fundamental de los Arquitectos Peritos en Casos de Daños Estructurales en Edificios
  • Peritaciones Judiciales en Proyectos de Rehabilitación de Edificios: Desafíos y Contribuciones de los Arquitectos Peritos
  • La Importancia de la Preparación en Casos de Dictámenes Periciales Arquitectónicos
Categorías
  • Arquitectura
  • Arquitectura Eficiente
  • Certificados Energéticos
  • Dictámenes e Informes Periciales
  • Edificio de consumo casi nulo NZEB
  • Eficiencia Energética
  • General
  • Proyectos
  • Sostenibilidad
  • Vivienda pasiva
Product Tags
arquitectura arquitectura legal certificados energéticos construccion dictamen pericial eficiencia energética evaluación de daños informe pericial normativas legales peritaciones peritación peritajes judiciales perito aparejador perito arquitecto reclamación obra nueva

¿Cuándo es obligatorio el informe de evaluación de edificio en Humanes de Madrid(IEE Humanes de Madrid)?

¿Cuándo es obligatorio el informe de evaluación de edificio en Moralzarzal (IEE Moralzarzal)?

Scroll
redes sociales

¡Siga a nuestro estudio de arquitectura y estará al tanto de las últimas novedades en materia de arquitectura pericial, construcción y eficiencia energética!

Contacto

Calle Monte Rancho, 6 - 1ºA

28231 - Las Rozas de Madrid (Madrid)

Tel: +34 91 376 61 27

Mail: info@fundamentarq.com

Horario: L-V 9:00 a 18:00h

PRINCIPALES SERVICIOS

Informes – Dictámenes Periciales

Certificación Energética de Edificios

Informe de Evaluación de Edificios

Georreferenciación de Inmuebles

Expedientes de Legalización

Últimos artículos
  • Cómo Elegir al Mejor Arquitecto Perito para su Caso: Consejos Clave
  • Normativas Legales Relacionadas con Peritaciones Judiciales
  • El Papel Fundamental de los Arquitectos Peritos en Casos de Daños Estructurales en Edificios
©2023 Fundamenta Arquitectura, S.L.U. | Arquitectos Peritos de Madrid 
  • Aviso Legal
  • Condiciones Generales de Uso
  • Política de cookies
  • Política de Privacidad
logos kit digital