Infracciones por no disponer de un certificado energético en Santa María de la Alameda
- Posted by fundamenta
- On 30/05/2016
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La Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbana, de aplicación en Santa María de la Alameda, recoge, en su disposición adicional tercera, las infracciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios; y en su disposición adicional cuarta, las sanciones en materia de certificación energética de edificios:
INFRACCIONES MUY GRAVES con multa de 1.001 a 6.000 €
– Publicitar la venta o alquiler de un inmueble en Santa María de la Alameda sin tener el certificado en vigor y registrado.
– Falsear la información del certificado energético de un edificio sito en Santa María de la Alameda.
– Actuar como técnico certificador en Santa María de la Alameda sin reunir los requisitos exigibles.
– Hacerse pasar por agente independiente autorizado para el control de la certificación en Santa María de la Alameda sin contar con la habilitación correspondiente.
– La reiteración, así como cometer una infracción grave si los tres años anteriores se hubiera impuesto al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción en Santa María de la Alameda u otros lugares de España.
INFRACCIONES GRAVES con multa de 601 a 1.000 €
– Vender o alquilar un inmueble en Santa María de la Alameda sin entregar al comprador o arrendatario el certificado energético registrado.
– La emisión del certificado energético en Santa María de la Alameda sin seguir el procedimiento básico establecido.
– No registrar el certificado en el órgano competente en certificación energética de la Comunidad Autónoma.
– Exhibir en Santa María de la Alameda una etiqueta energética que no corresponda con el certificado energético registrado y validado.
– La reiteración, cometer una infracción leve si el año anterior se hubiera impuesto al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción en Santa María de la Alameda u otro lugar de España.
INFRACCIONES LEVES con multa de 300 a 600 €
– Publicitar la venta o alquiler de un inmueble en Santa María de la Alameda sin mencionar la calificación energética obtenida.
– No renovar el certificado energético de un edificio situado en Santa María de la Alameda, cuando venza su periodo de validez.
– Emitir un certificado energético en Santa María de la Alameda que no incluya la información mínima exigida.
– No exhibir la etiqueta de eficiencia energética en Santa María de la Alameda, en los supuestos que resulte obligatorio.
– Exhibir en Santa María de la Alameda una etiqueta energética que no cumpla con el formato normalizado.

