¿Cuándo no es posible iniciar una actividad con una declaración responsable en Algete?
- Publicado por fundamenta
- On 30/11/2018
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Como se indicó anteriormente, depende de la normativa municipal de tramitación de licencias urbanísticas. No obstante, normalmente no será posible acogerse al procedimiento de Declaración Responsable de Actividad en ninguno de los siguientes supuestos:
– En aquellas actuaciones que impliquen, bien un uso privativo, bien una ocupación de los bienes de dominio público, salvo actividades de tipo comercial y de servicio que ocupen los locales individuales en los mercados municipales explotados en régimen de concesión.
– Las actuaciones que se desarrollen en inmuebles declarados como Bien de Interés Cultural (BIC) con declaración individualizada, los bienes incluidos a título individual en el inventario de Bienes Culturales, así como a los edificios catalogados dentro del nivel de máxima protección en el planeamiento urbanístico aplicable, salvo algunas excepciones.
– Aquellas actuaciones que precisen obras mayores, que por su alcance y envergadura necesiten de un proyecto de edificación, conforme a lo dispuesto en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE).
– Aquellas actuaciones que estén sometidas a la obtención de una licencia previa de actividad.