¿Es imprescindible inscribir una obra en el Registro de la Propiedad?
- Posted by fundamenta
- On 14/10/2016
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En absoluto. Por lo general se hace por imposición de los Bancos a la hora de que un futuro comprador acceda a un crédito hipotecario, por lo que conviene realizar la inscripción con anterioridad a la fecha de venta del inmueble.
Es importante destacar que el hecho de que una obra no esté declarada en el Registro de la Propiedad no implica que no exista, y ni mucho menos que no pertenezca a quien es propietario del suelo sobre el que se levanta. El Código Civil es claro en ese aspecto, y determina que el propietario de un terreno es dueño de su superficie, así como de aquello que esté debajo de éste.
En el caso de que se produjera una venta de un terreno sobre el que se desarrolla una construcción no inscrita en el Registro de la Propiedad, el comprador adquiriría tanto el suelo como dicha construcción, aunque a la hora de formalizar la escritura de compra-venta no se haga alusión a la misma.

